Condenan a Del Nido a siete años y medio por enriquecerse a costa de Marbella

La Audiencia impone la misma pena a Julián Muñoz por defraudar al erario municipal con el pago de facturas al abogado

Hace 12 años por Rl3b-arras
benavente preso de sus treces barras

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Seis meses después de la conclusión del juicio por el 'caso Minutas', la Audiencia de Málaga dictó ayer sentencia. El tribunal ha considerado que el abogado y presidente del Sevilla F. C., José María del Nido, se enriqueció a costa del Ayuntamiento de Marbella con el cobro de encargos jurídicos que eran innecesarios y que tenían un ánimo defraudador, por lo que le condena a siete años y medio de cárcel. Idéntica pena ha sido impuesta al exalcalde Julián Muñoz, a quien también condena por lucrarse a costa de las arcas municipales. Ambos deberán pagar indemnizaciones millonarias al Ayuntamiento marbellí por el perjuicio causado la patrimonio municipal. Del Nido deberá abonar 2.786.000 euros por las minutas que cobró y Muñoz tendrá que desembolsar 3.058.000 más.
La sentencia condena también a Juan Antonio Roca (cuatro años de cárcel), a la exesposa de Del Nido, Ángeles Carrasco (dos años), y a otros cuatro acusados y absuelve a nueve, entre ellos los exconcejales del GIL y el secretario municipal.
Del Nido y Muñoz han sido condenados, como cooperador necesario el primero y como autor material el segundo, por un delito continuado de fraude en concurso con delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.
La pena impuesta por la Sección Tercera de la Audiencia de Málaga está lejos de la solicitada por el fiscal Anticorrupción, Francisco Jiménez-Villarejo, quien en sus conclusiones finales la elevó a 30 años para el abogado y 28 para el exalcalde.
Tras conocerse el fallo condenatorio, la incógnita está en si la Fiscalía, que todavía no se ha pronunciado sobre la sentencia, pedirá al tribunal que ordene el ingreso en prisión de los acusados que, casi con toda seguridad, presentarán recurso ante el Tribunal Supremo.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Carlos Prieto y que consta de 480 páginas, considera probado que tras revalidar Jesús Gil y Gil su tercera mayoría absoluta como al alcalde en 1999 se produjo una ausencia de control institucional marcado por «una huida constante de los controles marcados por el derecho administrativo» a base de la creación de más de treinta sociedades municipales. Estas formaron «un entramado societario», que contaba con fondos del Ayuntamiento, y que estaba constituido como «un holding privado del alcalde», que lo dirigía desde una de sus propiedades: el Club Financiero, anexo al domicilio de Gil.
Los intentos del entonces interventor municipal por hacerse con el control financiero, por controlar si eran procedentes las cantidades transferidas del Ayuntamiento a las sociedades municipales «fracasaron por la decidida oposición del grupo político gobernante»: el Grupo Independiente Liberal (GIL), mientras al pleno del Ayuntamiento, asegura la sentencia, «se le mantenía ajeno a sus actividades, qué resultados alcanzaban y qué coste tenían, pues no había informes de control interno».
Recuerda que esta afirmación es compartida «de manera coincidente y unánime», por todos los informes de fiscalización aprobados en relación al Ayuntamiento de Marbella y sus sociedades municipales por el Tribunal de Cuentas entre los ejercicios 1990 a 2006: «El Ayuntamiento no ejerció la función de control financiero ni exigió la justificación del empleo dado a las transferencias ni la procedencia de las deudas asumidas».
En mayo del 2000, Del Nido sustituyó a José Luis Sierra como letrado del Ayuntamiento de Marbella y de sus sociedades municipales tras un requerimiento firmado por Julián Muñoz, como alcalde accidental. Para el tribunal, Muñoz «se saltó» el procedimiento establecido con el fin de evitar cualquier control y dictar los decretos por «su mera voluntad». En ninguno de los decretos se especificó la cuantía del servicio contratado, «ni siquiera de modo aproximado». Su actuación al dictar tales resoluciones fue una «desviación de poder con grave desprecio a los intereses generales», destaca la sentencia.
El libramiento constante de minutas a favor Del Nido fue advertido por el interventor, que finalmente fue suspendido de empleo y sueldo.
Labor de obstrucción
El tribunal afirma que «nunca realizó el Ayuntamiento de Marbella un informe justificativo de la necesidad del trabajo jurídicos de Del Nido», como era preceptivo por el importe de la cuantías de las minutas, y se adjudicaron encargos que «no hubieran pasado la fase de preparación de un contrato administrativo, con el consiguiente perjuicio para las arcas públicas». Sostiene, además, que la intervención del letrado sevillano ante el Tribunal de Cuentas se limitó a intentar «obstruir la labor del órgano constitucional».
Según el tribunal, la intervención del abogado sevillano en los asuntos municipales no se reducía a la esfera jurídica, sino que era el principal «adlátere» de Julián Felipe Muñoz Palomo, con «una invasión flagrante» a las funciones propias del secretario municipal.
Los acusados, además, «no perdían ocasión para facturar al Ayuntamiento de Marbella». «Esta Sala -afirma- tiene la convicción de que la búsqueda de pretextos para el libramiento de facturas por intervenciones innecesarias fue constante y fue la causa principal del acaparamiento de asuntos del Ayuntamiento de Marbella» en el despacho de José María del Nido.
Los magistrados van aún más allá para afirmar que «el ánimo de lucro de todos ellos (los acusados) es tan evidente que podría incluso calificarse de codicioso o avaricioso; siempre a costa del dinero público».
En el caso de Muñoz, el tribunal considera que cometió delito de malversación porque «sustrajo y consintió» que los acusados «se lucraran sin justificación a cargo del erario municipal».
Sobre Del Nido, como cooperador necesario, que no inductor, la sentencia afirma que «era consciente con dolo directo» de la actividad delictiva de ambos, al formar parte de las prevaricaciones para defraudar a las arcas municipales del Ayuntamiento de Marbella».
La sentencia añade además que Del Nido fue protagonista también en la comisión de estos delitos de malversación «como cooperador necesario y perceptor» de la mayoría de los abonos injustificados.
«Su ánimo de enriquecimiento es más que suficiente para cumplimentar el elemento subjetivo del injusto en sus pagadores, que eran conscientes de las arbitrarias ganancias que le reportaban», agrega la resolución, que concluye que la concertación para el fraude llegó a ejecutarse mediante el pago por los responsables del dinero público de las facturas presentadas por Del Nido.

CONDENAS
José María del Nido. Siete años y medio de cárcel como cooperador necesario en un delito fraude en concurso con delito de malversación y prevaricación, de carácter continuado. Pago al Ayuntamiento de Marbella de una indemnización de 2.786.607, 34 euros.
Julián Muñoz. Como autor de los mismos delitos, idéntica pena que a Del Nido. Deberá pagar una indemnización al Ayuntamiento de Marbella de 3.058.505,22 euros.
Juan Antonio Roca. En total, cuatro años de cárcel: uno por delito fraude en concurso con otro de malversación de caudales y tres años por otro de malversación de caudales públicos.
Modesto Perodia. Exsecretario y exapoderado de la mayoría de las empresas municipales. Seis años y cuatro meses de cárcel por un delito continuado de fraude con prevaricación y malversación de caudales públicos.
Esteban Guzmán. Vocal de la mayoría de las empresas municipales. Seis años y un día por delito de fraude con malversación y prevaricación.
Víctor Cohen . Contable en varias sociedades municipales. Dos años como cooperador necesario por un delito continuado de malversación, fraude y delito continuado de malversación.
Ángeles Carrasco. Abogada y exesposa de José María del Nido. Dos años de cárcel, como cooperadora necesaria, por delito fraude con malversación y otro delito continuado de malversación.
Alfredo Chica. Administrador de fincas. Dos años de cárcel, como cooperador necesario, por delito de fraude con malversación y otro delito de malversación.
Manuel Vázquez. Agente de la propiedad. Dos años de cárcel como cooperador necesario por delito de fraude con malversación en concepto de cómplice y otro delito de malversación de caudales públicos.
Antonio Calleja. Contable en varias sociedades municipales. Absolución.
Rafael González Carrasco. Ex concejal del GIL. Absolución.
María Luisa Alcalá. Exconcejal del GIL. Absolución.
José Luis -Fernández Garrosa. Exconcejal del GIL. Absolución.
Alberto Muñoz García. Exconcejal del GIL. Absolución.
Juan Flores González. Exconcejal del GIL. Absolución.
Pedro Tomás Reñones. Exconcejal del GIL. Absolución.
Leopoldo Barrantes. Secretario municipal Absolución.